La Primera Experiencia Laboral (PEL) es un programa dedicado a la selección y acompañamiento de jóvenes en situación de vulnerabilidad laboral para que puedan acceder a contratos de primera experiencia laboral en el sector público, en el marco de la ley Nº 19133.
Está dirigido a jóvenes entre 18 y 24 años con aportes menores a 90 jornales de trabajo formal, en situación de vulnerabilidad socio-económica o laboral. Esta ley está pensada para los jóvenes y para los organismos o empresas públicas que les acompañan en los procesos de inserción laboral.
¿QUÉ OFRECE?
- Facilitar el acceso a contratos de Primera Experiencia Laboral por un período de entre 6 y 12 meses.
- Entrevistas y selección a jóvenes.
- Estrategias de acompañamiento de los jóvenes en Primera Experiencia Laboral.
- Apoyo a referentes de organismos públicos en el proceso de inserción laboral de los jóvenes
¿EN DÓNDE SE REALIZA?
Montevideo, Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Paysandú, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembó, Treinta y Tres .
Más información se obtiene a través del 2400 0302 interno 1345, o el mail primeraexperiencialaboral@mides.gub.uy. Las empresas interesadas, tanto públicas como privadas, tienen acceso a entrevistas y selección a jóvenes.
El programa implica estrategias de acompañamiento de los jóvenes en Primera Experiencia Laboral y apoyo a referentes de organismos públicos en el proceso de inserción laboral de los jóvenes.
EXPERIENCIA LABORAL MIDES
La Ministra de Desarrollo Social Marina Arismendi presentó recientemente a ocho de los diez jóvenes que formarán parte de esta nueva Primera Experiencia Laboral en el MIDES.
La Ley Nº 19133 sobre el Fomento del Empleo Juvenil, promulagada en 2013 y reglamentada a partir de 2015, tiene por objeto promover el trabajo decente de las personas jóvenes, vinculando el empleo, la educación y la formación profesional desde la perspectiva de los derechos fundamentales.
Según se establece en la sección segunda de la ley, que refiere expresamente a los contratos de primera experiencia laboral, en su artículo 12, las contrataciones de primera experiencia laboral no podrán ser inferiores a seis meses ni exceder de un año. El joven beneficiario podrá ser contratado bajo esta modalidad por una sola vez.
Para muchos será la primera vez que firmen un contrato formal de trabajo con todo lo que ello implica, como el acceso a la salud a través de FONASA o el cobro de haberes mediante el sistema de tarjeta de débito que establece el régimen de inclusión financiera.
Hubo nervios, muchas preguntas, bienvenidas y, por fin el momento de firmar, de llenar los formularios y empezar una etapa nueva. Ya no serán más “los sin experiencia”. A partir de ahora podrán contar con ese requisito que tantas puertas cierra cuando falta, cuando las ganas sobran pero las oportunidades huelgan.