En el marco de la Semana Mundial de la Lactancia 2020 la Dirección Departamental de Salud recuerda: De acuerdo a Artículo 2 de Ley 19530, «En aquellos edificios o locales de los organismos, órganos e instituciones del sector público y privado en los que trabajen o estudien 20 o más mujeres,
o trabajen 50 o más empleados se deberá contar con una Sala destinada a la Lactancia;».
La misma debe ser un espacio privado y tranquilo ya sea para la Lactancia o para la extracción de leche materna.
Por mayor información o denuncias consulte en MTSS, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 18 de Julio N° 357.
«Apoyar la lactancia materna contribuye a un planeta más saludable».
La Lactancia materna exclusiva es de vital importancia durante los primeros seis meses de vida del recién nacido. A partir de los seis meses y como mínimo hasta los dos años de vida del bebé, la lactancia materna debe ser acompañada de una alimentación complementaria, saludable y segura.
Por su importancia, la protección de la Lactancia Materna integra los Objetivos Sanitarios Nacionales. El 24 de agosto de 2017 se aprobó la ley 19.530 que establece la instalación de salas y espacios de lactancia materna en lugares de trabajo y estudio, y el 30 de julio de 2018 se aprobó el Decreto que reglamente esta ley, estableciendo las condiciones para garantizar la higiene, el adecuado uso, la privacidad y comodidad de las mujeres que se encuentran amamantando.