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Home News Agropecuarias

Desde el 15 de marzo se deberá vacunar contra la fiebre aftosa a todas las categorías de bovinos

por avisador
marzo 10, 2023
in Agropecuarias
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Desde el 15 de marzo se deberá vacunar contra la fiebre aftosa a todas las categorías de bovinos
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A partir del 15 de marzo y hasta el 30 de abril, se podrá empezar a vacunar a los bovinos de todas las categorías. Ya está determinado el cronograma de entrega de las vacunas por parte del MGAP.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca dispuso la vacunación contra la fiebre aftosa a partir del 15 de marzo con tiempo de aplicar la vacuna hasta el 30 de abril, luego de retrasarlo debido a la sequía que azota a todos los productores uruguayos; Además, pusieron un limite de tiempo para actualizar el calendario de vacunación.
En marco de un contexto de Emergencia Agropecuaria debido al déficit hídrico en Uruguay, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de los Servicios Ganaderos, dispuso que la vacunación de todas la categorías bovinas debe realizarse entre el 15 de marzo y el 30 de abril. A finales de enero, el ministerio había decidido prorrogar la vacunación para evitar el movimiento innecesario de ganado que ya se encontraba en mal estado debido al déficit hídrico.
Según la resolución publicada por el ministerio, en el periodo comprendido entre el 15 y el 30 de marzo, no se autorizarán las realizaciones de eventos de concentración de bovinos como remates de feria, exposiciones, etc. Aunque si se autorizarán eventos que no requieran la movilizaciones de bovinos, como los remates por pantalla o virtuales durante el periodo del 15 de marzo al 30 de marzo.
En cuanto a los bovinos que tienen como destino la faena, se podrán movilizar dentro del periodo de vacunación, siempre y cuando tengan las dos vacunas de los dos últimos periodos. Además, a partir del 1° de mayo de 2023, deberán tener más de 15 días de inmunizados con la vacuna correspondiente al presente período de vacunación.
La vacuna será proporcionada por el MGAP y se le entregará al titular junto con un formulario. Para esto, el propietario deberá entregar la Declaración Jurada de existencias de DICOSE al 30 de junio de 2022 y Planilla de registro de utilización de productos veterinarios (Planilla de control sanitario) actualizada.
La vacuna se entregará contra la presentación de la Declaración Jurada 2022, la planilla de control sanitario actualizada y una conservadora con hielo para mantener la cadena de frío.
Se recuerda que los productores que por alguna razón deban vacunar fuera de fechas establecidas por las Codesas departamentales, deberán solicitar autorización en la Oficina del Servicio Ganadero, siendo la vacunación realizada por un veterinario particular, no aceptándose vacunaciones parciales.

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