El Poder Ejecutivo envió a los partidos políticos un borrador del proyecto de ley que crea el Fondo Coronavirus. El
texto prevé la creación del “impuesto de Emergencia Sanitaria Covid-19” que abarcará las retribuciones de los
funcionarios públicos que superen los $ 120.000 nominales, así como las jubilaciones y pensiones, públicas y privadas, que se ubiquen por encima de ese mismo monto.
El texto establece que ese tributo re girá por los meses de abril y mayo, pero faculta al Poder Ejecutivo a
prorrogar su aplicación «hasta por un período máximo de tres meses»; si así lo decidiere, deberá comunicarlo a la Asamblea General.
En el caso de las jubilaciones el tributo será adicional al Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
De acuerdo al texto, los pasivos que perciban hasta $ 120.000 nominales de jubilación no pagarán ese adicional. De $ 120.000 a $ 130.000 se descontará un 5%. De $ 130.000 a $ 150.000 se descontará 10%. De $ 150.000 a $ 180.000 se aplicará una tasa de 15%. Las jubilaciones superiores aportarán 20% para atender la emergencia sanitaria.
Las mismas franjas aplican para los funcionarios públicos con sueldo líquido por encima de los $ 80.000.
El artículo 4 del proyecto establece que los funcionarios públicos sujetos al impuesto serán, en primer lugar, los
«funcionarios de la Administración Central, Poder Legislativo, Poder Judicial, los organismos comprendidos en los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República y de los Gobiernos Departamentales.
En segundo lugar, «aquellas personas físicas que mantengan contratos de servicios personales con el Estado, incluyendo los contratos de arrendamiento de obra y de servicios, motivados por vínculos temporales que
no revistan la condición de funcionarios públicos, excluido el IVA, cualquiera sea su fuente de financiamiento».
Y en tercer lugar «los beneficiarios de los subsidios otorgados por ley a quienes hubieren ocupado cargos públicos o de particular confianza».
Los cargos políticos –que incluyen al presidente y vicepresidente, los ministros, subsecretarios, legisladores, intendentes, embajadores, funcionarios que desempeñan tareas en el exterior y otros puestos de particular
confianza– aportarán 20% del sueldo.
El texto establece que «quedan exceptuados del presente impuesto, el personal de la salud que participa directa o indirectamente en el proceso asistencial (trabajadores médicos y no médicos) que a raíz de las tareas que desempeña, está expuesto al contagio del SARS-CoV2, que provoca la enfermedad COVID 19».





