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1- Se ha constatado que desde vehículos de particulares se arroja basura en zonas prohibidas como la rambla costanera, en tales casos el Municipio además de aplicar las multas correspondientes, procederá a formular la denuncia penal procurando la condena al infractor por la Ley de Faltas.
2- Se reitera la prohibición de soltar animales en la vía pública y zona de la Rambla Costanera. En tales casos, se procederá a su requisa de acuerdo a lo previsto en los artículos 145 y 146 de la Ordenanza de Salubridad vigente.
3- Queda terminantemente prohibida la tenencia a cualquier título de animales porcinos en la zona urbana y suburbana de la ciudad.
4- Se reitera la prohibición de construir en terrenos fiscales, en la zona denominada Cota 60 y acceso norte de la ciudad. En tales casos se procederá a practicar las medidas establecidas en la Ley Nº 18.308 (Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible) y Código Penal.
5- Queda totalmente prohibido el corte de árboles y extracción de arena en zona de Rambla Costanera y Sociedad Criolla. De constatarse tales hechos, se procederá por parte del Municipio a promover las acciones legales pertinentes
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