El próximo mes se debe pagar sueldo con aumento y la partida extra
por presentismo que se abona conjuntamente con el aguinaldo
En diciembre las remuneraciones de todas las trabajadoras del servicio doméstico se incrementan un 4,04% como resultado del último ajuste salarial acordado la semana pasada en el Ministerio de Trabajo, que además es retroactivo a julio.
En el correr de ese mes y como ocurre desde el año 2013, los empleadores también deberán pagar la prima especial por presentismo en conjunto con el aguinaldo. Esa partida equivale al 25% del medio aguinaldo que le corresponde recibir a cada trabajador, y está condicionada a que entre junio y noviembre de 2021 la asistencia haya sido perfecta. Este es que el trabajador no tuvo faltas en ese período de tiempo. El siguiente ejemplo toma como base los salarios actualizados a julio de acuerdo al nuevo convenio. Una empleada doméstica que tiene actualmente un sueldo nominal de $ 23.144 (sueldo mínimo) tendrá un medio aguinaldo de $ 11.497 nominal. En este caso, la prima por presentismo sería equivalente a $ 2.874 nominal. Si se suma el medio
aguinaldo y la partida extra el pago a realizar sería de $ 14.371 nominal. Las inasistencias por enfermedad debidamente comprobada (certificación médica ingresada a BPS o BSE), ejercicio del derecho de huelga decretadas por el PIT-CNT o el sindicato del sector, licencia anual reglamentaria o licencias especiales (por ejemplo por estudio, duelo, matrimonio, entre otras) no determinan la pérdida del beneficio.
¿Qué debe hacer el empleador?
Cuando acredite el pago en la cuenta del trabajador no se debe hacer ningún trámite. El Banco de Previsión
Social (BPS) calcula de manera automática los aportes para esa partida especial en las facturas de aportes mensuales con mes de cargo a diciembre.
Por ser una partida salarial está gravada por aportes a la seguridad social, así como IRPF en caso de corresponder.
En aquellos casos donde no corresponde el pago de la prima, el empleador tiene que informarlo al BPS entre el 1° y el 31 de diciembre de 2021 a través de una declaración. Eso a los efectos de que no se calculen los aportes por dicho concepto. Las faltas que originen la pérdida del beneficio deben estar documentadas en los recibos de sueldo.
La declaración se puede hacer mediante la aplicación móvil BPS Trabajo Doméstico o en servicio en línea de la página web del banco para usuario registrados. Y si necesita apoyo para hacer la declaración el empleador puede comunicarse con Asistencia al Contribuyente por teléfono 0800 2001, opción 2, de lunes a viernes de 9:15 a 16:30. Para consultas específicas, puede generar un código PIN y comunicarse al mismo servicio telefónico.
También vale saber que el 1° de enero de 2022 habrá un nuevo ajuste salarial general de 1,47% en todos los salarios del sector. Un tercer ajuste salarial será el 1° de julio de 2022, cuando se deberá otorgar un aumento salarial total de 2%. Ese porcentaje puede variar en caso que la inflación observada en los 12 meses previos supere los ajustes otorgados anteriormente.
En ese caso se aplicará un ajuste adicional por la diferencia a modo de correctivo para “asegurar” que no haya pérdida de poder adquisitivo, según el acuerdo. En la actualidad la cantidad de cotizantes a la seguridad social en el servicio doméstico es de unas 74 mil, y se estima en 40 % el porcentaje de informalidad. Es decir, cuatro de cada 10 no realiza aportes a la seguridad social, según datos divulgados en agosto por el Banco de Previsión Social (BPS). Esta cifra viene en descenso y cayó casi 30 puntos porcentuales respecto a 2006.