Por intermedio de un decreto, la Junta Departamental de Tacuarembó resolvió conceder a la Intendencia Departamental de Tacuarembó la anuencia para la donación en favor de la Agencia Nacional de Viviendas, de los inmuebles cuyos actuales padrones en propiedad horizontal son los números 215/001 al 215/030 inclusive (Complejo RC 19), y Nº 1.563 a 1.589 inclusive (Complejo RC 32), todos de la Sección Catastral San Gregorio de Polanco.
La resolución fue adoptada el 10 de agosto por unanimidad de 28 Ediles. La Intendencia Departamental de Tacuarembó había elevado a la Junta Departamental de Tacuarembó el expediente Nº 1007/17, referido a convenio suscrito entre la Intendencia y Agencia Nacional de Viviendas (ANV), a efectos de seguir cumpliendo con el mismo, solicita anuencia de este Organismo, para la venta de los Complejos de Viviendas RC19 y RC 32 de San Gregorio de Polanco, a los promitentes compradores. En la cláusula segunda del Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, suscrito entre la IDT y la ANV con fecha 15 de Diciembre de 2014, la Intendencia Departamental se obligó a transferir la propiedad de todos los inmuebles de su propiedad, donde tienen asiento Complejos de viviendas construidos por Convenio, a título gratuito a la Agencia Nacional de Vivienda, en su calidad de fiduciario del “FIDEICOMISO INMUEBLES Y CARTERA SOCIAL Y COMERCIAL X – FIDEICOMISO FINANCIERO.
Los complejos antes mencionados han sido construidos y administrados por el Banco Hipotecario del Uruguay, pasando posteriormente a la Agencia Nacional de Vivienda, encontrándose la mayoría en condiciones de ser escriturados en favor de sus propietarios, por haber cancelado éstos sus deudas. Al día de la fecha dicho bienes fueron fraccionados e incorporados al régimen de propiedad horizontal, por lo que los padrones antes mencionados ya no existen como tales, siendo actualmente los mismos: I) RC 19, contiene los padrones Nº 215/001 al 215/030 inclusive, es decir, son 30 unidades de propiedad horizontal Padrón anterior en mayor área Nº 215 y II) RC 32, contiene los padrones Nº 1563 al 1589 inclusive, antes parte del padrón en mayor área Nº 221.
Desde la Junta Departamental se compartió la voluntad del Ejecutivo de proceder a la enajenación gratuita solicitada, de manera de solucionar la titulación definitiva a los promitentes compradores, poniendo fin a un proceso de larga data.