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Joven condenado por violencia doméstica

por avisador
abril 20, 2021
in Policiales
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«Presenta excoriación en cara lateral de miembro inferior izquierdo, dolor e/impotencia funcional en hemitórax derecho, se destaca aliento alcohólico»,
fue el diagnóstico médico para una adolescente de 14 años; quien en la madrugada de ayer en Villa Minas de Corrales, fue víctima de agresiones físicas por parte de su novio, un joven de 22 años, el que fue detenido por personal de la Seccional Quinta, y que al ser examinado por el médico de guardia en
la Policlínica local, el mismo le diagnosticó: «traumatismo de mano derecha, aliento alcohólico, no presenta otras lesiones».

El hombre fue puesto a disposición de la Fiscal y conducido ante la Sede Judicial; una vez finalizada la instancia judicial, el Magistrado de Turno dispuso: «I- Se condena al imputado como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de violencia doméstica especialmente agravado por la
calidad de mujer de la víctima y por tratarse la misma de una persona menor de dieciocho años, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales, imponiéndose la condena de diez (10) meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba con las condiciones impuestas por
el artículo 295 bis del C.P.P., numerales 1 a 4, esto es: a) residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la O.S.L.A.; b) sujeción
a la orientación y vigilancia permanente por la misma oficina; c) presentación a la seccional de su domicilio, una vez por semana, sin obligación de permanencia; d) prestación de servicios comunitarios los primeros tres meses, cuatro horas semanales a realizarse en dos jornadas de dos horas. IIProhíbese al imputado acercarse, o comunicarse de cualquier manera con la víctima, durante todo el plazo de la condena, realizándose un control de la medida mediante dispositivo de monitoreo electrónico de DI.MO.E. (literal c art. 295 bis). III- se condena al imputado a una reparación patrimonial para la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos».

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