Este llamado rige desde este mes y corresponde a los apartamentos del complejo que recientemente culminó su obra, ubicado en la calle José Pedro Varela y Castagneto, próximo al Hospital de Tacuarembó
Las familias que deseen acceder al llamado deben cumplir con los siguientes requisitos:
Contar con ingresos familiares mínimos de 20 UR y máximos de acuerdo a la composición familiar establecidos en el siguiente cuadro y de acuerdo a los que establece la RM 1091/2018 de fecha 23/08/2018:
Cantidad de Integrantes | Ingreso máximo del hogar en UR |
1 | 40 |
2 | 60 |
3 | 72 |
4 | 84 |
5 o más | 96 |
Los ingresos formales de el/los titular/es deben alcanzar como mínimo las 20 UR.
Para el otorgamiento del préstamo y/o subsidio, se tomará el ingreso de la familia, entendiéndose por familia a las personas que han de convivir establemente bajo el mismo techo estén o no vinculadas por razones de parentesco. Para el cálculo de los ingresos se tomará el resultado de la suma de los ingresos de todos los integrantes del hogar, menos descuentos legales.
Los titulares del préstamo no podrán ser más de dos personas debiendo ser mayores de edad o habilitados por matrimonio; y alcanzar el ingreso mínimo de 20 UR lo cual deberán acreditar mediante ingresos formales.
En el caso de dos titulares para unidades de dos y tres dormitorios se admitirán los siguientes vínculos: parejas, matrimonios, concubinos, padres e hijos, abuelos, nietos, hermanos (vínculos en primer y segundo grado de consanguinidad).
Se habilita la postulación de hogares sin menores o personas con discapacidad a cargo.
La edad máxima de al menos uno de los titulares en el momento de la inscripción no podrá ser mayor a 60 años. En el caso de dos titulares el menor no podrá ser mayor a esta edad. La edad máxima al momento de finalización de la amortización del préstamo no podrá superar los 75 años.
No poseer vivienda en propiedad, ni ser promitente comprador por parte del BHU o la Agencia Nacional de vivienda.
No haber sido destinatario efectivo de un subsidio habitacional proporcionado por el Estado.
El titular o los titulares no deben tener embargos ni estar calificados como categoría 4 o 5 en la central de riesgos del BCU, ni tener más de 4 operaciones incumplidas en el Clearing de Informes, ni ser deudores de pensión alimenticia. Quienes tengan 4 y menos incumplimientos, deben realizar refinanciación de cada uno.
Residir o trabajar en el departamento.
Documentación a presentar:
Cédula Identidad de todos los integrantes del hogar.
Últimos 3 recibos de sueldo y/o cualquier otro ingreso estable formal, en caso de ser ingresos variables se deberá presentar los últimos 12 meses con el fin de establecer un promedio. En el caso de trabajador independiente se deberá presentar certificado expedido por contador público donde conste el ingreso percibido en los últimos 12 meses.
Historial laboral nominada completa y actualizada expedida por el BPS de todos los mayores de 18 años.
Comprobante de ahorro con el 4% requerido a la postulación, a nombre de al menos de uno de los titulares.
Partida de nacimiento de los menores de edad.
Casados: libreta de matrimonio.
Para otorgar dormitorios se considerará que el menor pernocte al menos 3 días a la semana (tenencia judicial y/o acuerdo homologado)
Divorciados: sentencia de divorcio
Viudos: partida de defunción
Embarazadas: ecografía o historia clínica perinatal – carné de control del embarazo.
Para realizar inscripción:
Comunicarse con las oficinas locales solicitando entrevista para la entrega de la documentación. Tel. de la oficina del MVOT en Montevideo: 0800 46427
El plazo para inscribirse es hasta el 7 de febrero.