A partir de este 1 de Julio, los comercios solo podrán vender o entregar las bolsas plásticas biodegradables o compostables certificadas o las bolsas de plástico reciclado que contengan la constancia de cumplimiento. Además, las bolsas deberán ser cobradas a un precio mínimo de $4.
Se previene que la venta o entrega a cualquier título de bolsas plásticas que no cuenten con la certificación y/o logo correspondiente o la entrega gratuita de bolsas plásticas, es considerado una infracción grave correspondiendo una multa mínima de 50 UR (cincuenta unidades reajustables).
A partir de ahora solo podrán entregarse o venderse bolsas camiseta identificadas con un logo de certificación del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU).
El director de Medio Ambiente, Alejandro Nario, informó que la apuesta es a generar un cambio cultural en el uso de materiales contaminantes y reducir drásticamente la utilización de las bolsas plásticas conocidas como camiseta.
El certificado del LATU requerido se otorgará una vez cumplidos los requisitos vinculados con el tipo de material, dimensiones, resistencia e identificación.
El costo para los consumidores finales será, en su comienzo, de alrededor de cuatro pesos, conformado por el equivalente en unidades indexadas más el impuesto al valor agregado. El comerciante utilizará lo recaudado por la venta de estas bolsas en campañas de sensibilización.
El decreto establece algunas excepciones, como son los casos de las bolsas rollo con espesor menor o igual a 15 micras, las plásticas tipo “chismosa” o de Tela no Tejida (TNT) y las de plástico reciclado de espesor mayor o igual a 100 micras, que también deberán portar un logo identificatorio. Esas modalidades igual deberán cumplir con algunos requisitos y contar con una constancia de cumplimiento emitida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama).