El artículo 47 del proyecto omite los detalles sobre la metodología necesaria para conseguir la accesibilidad de las personas con discapacidad auditiva o visual.
La Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Representantes recibió en su penúltima sesión a una delegación de distintos colectivos de personas
con discapacidad auditiva, que manifestó sus reparos respecto del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que deroga la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) vigente. Las delegaciones cuestionaron principalmente el artículo 47 del proyecto, que refiere a la accesibilidad de los servicios audiovisuales para las personas con discapacidad auditiva o visual. Al respecto, explicaron que la norma no especifica sobre la metodología necesaria para conseguir dicha accesibilidad y advirtieron que puede implicar un retroceso para los derechos adquiridos.
Según consta en la versión taquigráfica de la sesión, los legisladores de la Comisión compartieron los reclamos de la delegación y se comprometieron a realizar las modificaciones pertinentes para contemplarlos. El vicepresidente de la Comisión y representante por el Partido Colorado, Martín Melazzi, dijo a la diaria que “hay acuerdo para modificar el artículo 47” en el entendido de que la redacción “no es correcta y podría excluir a algunos de estos grupos o colectivos”.
Para empezar, Melazzi señaló que el título del artículo [“Accesibilidad para personas con discapacidad auditiva o visual”] “no deja claro si es para uno o para otro”, por lo cual propondrá cambiar la “o” por una “y”. En cuanto al contenido, Melazzi consideró que es necesario especificar cuáles deben ser los sistemas para facilitar la accesibilidad, tal como establece la ley vigente. Señaló que se deberían incluir en el articulado a los tres sistemas contenidos en la normativa actual: lenguaje de señas, subtitulado y audiodescripción, y “no dejarlo en manos de la reglamentación”.
“El subtitulado le permite poder comprender lo que está sucediendo a las personas de mayor edad, que van perdiendo la audición; no así a las personas con discapacidad auditiva, [dado] que su lengua madre es la lengua de señas. Y la audiodescripción lo que hace es describir lo que está pasando en los intervalos en silencio para las personas con discapacidad visual”, explicó el legislador.
Otra de las críticas que transmitió la delegación, compuesta en parte por padres y familiares de personas sordas, refirió a los servicios audiovisuales incluidos en el artículo 47, puesto que allí se hace mención exclusivamente a “programas informativos”. Melazzi afirmó que coincide en la necesidad de “ir más allá” y que la normativa “no se limite a los informativos, sino que se extienda a toda la producción nacional, incluyendo deportes y cultura general”. “De esa forma se podría redondear el artículo y no perder derechos adquiridos”, consideró.
Finalmente, y tomando en cuenta los testimonios de la delegación compareciente, la Comisión analizará el alcance y viabilidad de la reglamentación en el interior del país, donde hay “cableras muy pequeñas que pueden llegar a tener alguna dificultad económica para poder hacerse cargo del costo que tiene pagarle a una, dos o tres personas más para que brinden estos servicios”, indicó Melazzi. En ese sentido, adelantó que una posible medida sería instrumentar un subsidio económico de forma de asegurar el cumplimiento de la ley en ciertos medios del interior.
Fuente: la diaria