MEDIDAS COVID-19
La Dirección departamental de salud de Tacuarembó informa y recuerda el decreto del MSP mediante el cual se suspenden los espectáculos públicos, toda realización de eventos y cierre de centros termales Es importante recordar que desde que se declaró el estado de Emergencia Sanitaria Nacional ante la
pandemia de COVID-19, se firmó el decreto 93/020 con el fin de extremar medidas de prevención para evitar la propagación del virus, por eso se implementó la suspensión de espectáculos públicos para evitar las aglomeraciones. Según establece la normativa, en los artículos 3 y 4: «Suspéndanse todos
los espectáculos públicos hasta que el Poder Ejecutivo lo determine».
El Ministerio de Salud Pública (MSP), reitera lo establecido en el decreto nº 93/020 sobre la suspensión de espectáculos públicos y el cierre preventivo de centros termales, en respuesta a los eventos que se han querido llevar a cabo en los últimos días.
Además, establece que «el Poder Ejecutivo en el ejercicio de sus potestades constitucionales, legales y reglamentarias podrá disponer el cierre de todos
aquellos lugares de acceso público que se determinen, así como imponer todo otro tipo de medidas necesarias en materia de higiene sanitaria para evitar aglomeraciones en dichos espacios».
Además, se establece que el MSP ejercerá sobre los Gobiernos Departamentales la superintendencia en materia sanitaria en cuanto a la determinación de las condiciones higiénicas que deben observarse. Las autoridades nacionales, departamentales y municipales competentes deberán evaluar suspender aquellos eventos que impliquen la aglomeración de personas, dado que constituye un factor de riesgo para el contagio de la enfermedad.
El decreto fue elaborado siguiendo las recomendaciones establecidas por la Organización Mundial de la Salud, que manifiesta «mantener una vigilancia firme para encontrar, aislar, someter a pruebas y tratar todos los casos con el fin de cortar las cadenas de transmisión».
Se exhorta a las autoridades competentes llevar a cabo el cumplimiento del mismo hasta que el Poder Ejecutivo no determine lo contrario