Durante la última sesión de la Junta Departamental de Tacuarembó quedó decretado exonerar del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana del padrón Nº 4655 de la ciudad de Paso de los Toros, propiedad de AFE.
Dicha exoneración se hace bajo la condición del padrón Nº 4655 de la planta urbana de la ciudad de Paso de los Toros, sea enajenado total o parcialmente a la Intendencia Departamental, al Municipio de Paso de los Toros o a las Cooperativas de Viviendas del Programa de Viviendas Sindical, COVITRA, COVIUNION, COVIMUIS y COVIUNIDAD 5.
El 13 de junio del año 2016 la Intendencia de Tacuarembó solicitó a la Junta Departamental de Tacuarembó dicha exoneración, bajo la condición de que sea enajenado para las cooperativas COVITRA, COVIUNION, COVIMUIS y COVIUNIDAD 5. El 14 de setiembre del 2016, el Tribunal de Cuentas de la República observó que la modificación introducida por la Junta Departamental se aparta del artículo 133 de la Constitución de la República y que la expresión “previo dictamen del Tribunal de Cuentas”, no daba cumplimiento a lo dispuesto en la ordenanza 62, en cuanto a que toda modificación de recursos debe hacerse ad referéndum del Tribunal de Cuentas de la República.
Posteriormente previo a un informe jurídico, el Ejecutivo Departamental remitió un nuevo mensaje, reiterando la solicitud de exoneración con el agregado de que el inmueble sea enajenado totalmente o parcialmente a la Intendencia, al Municipio de Paso de los Toros o a las cooperativas COVITRA, COVIUNION, COVIMUIS y COVIUNIDAD 5.