En el marco de un trabajo conjunto efectuado por la Brigada Departamental Antidrogas y la Unidad Investigaciones de Zona III, con apoyo de G.R.T. y personal de Policía Científica de Paso de los Toros, luego de varios meses de investigación, se dio comienzo a la denominada “OPERACIÓN TORO”, en base a la presunción del desarrollo de un posible accionar delictivo vinculado a la negociación de estupefacientes en aquella ciudad; llevándose a cabo bajo la dirección de la Fiscalía Letrada sendas vigilancias y seguimientos. Es así que luego de varios allanamientos se logró la detención de 9 personas y comprobar la existencia de una red de negociación de estupefacientes, con droga procedente de Montevideo, recibida y distribuida en la ciudad de Paso de los Toros.
El resultado de la investigación preliminar permitió establecer la participación directa de 4 hombres mayores de edad y una mujer, también mayor de edad, en las actividades de comercializacion, la incautación de varios efectos como ser un automóvil, dos motos, una bicicleta, varios celulares, dinero en efectivo (10.000 pesos uruguayos), cuchillos y joyas varias, entre otros.
Presentado el caso ante el Juzgado Letrado de Paso de los Toros, y cumplidas las audiencias e instancias procesales, el día 21 de los corrientes mediante Oficio 42/2018 la Sede dispuso:
1 – La condena de un masculino, mayor de edad, imputado de un delito previsto en el Art. 34 del Decreto Ley 14294, en la redacción dada por la Ley 19172, a la pena de 12 meses de prisión privativa de la libertad y 12 meses de libertad vigilada, siendo de su cargo las prestaciones legales de rigor.
2 – La condena de dos masculinos, mayores de edad, como autores penalmente responsables de un delito previsto en el artículo 31 del Decreto Ley 14.294, en la redacción dada por la Ley 19172, a la pena de 12 meses de prisión privativa de la libertad y 12 meses de libertad vigilada, siendo de su cargo las prestaciones legales de rigor.
3 – La condena de una femenina, mayor de edad, como autora penalmente responsable de un delito previsto en el artículo 35 del Decreto Ley 14294, en la redacción dada por la Ley 19172, a la pena de 12 meses de prisión privativa de la libertad y 15 meses de libertad vigilada, siendo de su cargo las prestaciones legales de rigor.
4 – La condena de un masculino, mayor de edad, como autor penalmente responsable de un delito previsto en el artículo 32 del Decreto Ley 14294, en la redacción dada por la Ley 19172, a la pena de 2 años de penitenciaría y 6 meses de prisión efectiva, privativa de la libertad, siendo de su cargo las prestaciones legales de rigor.