(PN) – Dr. Gustavo Martínez
En ediciones anteriores afirmamos que UTE, a través de una iniciativa ilegal y generada en el mayor de los silencios, pretendía ampliar el Embalse del Bonete e inundar más de 10.000 hectáreas, destruyendo San Gregorio de Polanco y sus costas, a través de una Resolución que se dictó casi en secreto, proyecto “sustentado” exclusivamente en lo económico, sin transparentar los verdaderos resultados de utilidad para el Estado, y sin sopesar y transparentar los perjuicios y daños que le causa con el mismo.
Que por pretendió por Decreto llevar adelante una iniciativa que está reservada a la ley, por tanto se transformaba en inconstitucional e ilegal y sin detalles, con transparencia y prolijidad.
Dijimos que cuando se crearon los proyectos de los lagos en 1937, las leyes fueron precedidas de sendos informes, comparecencia de ministros al Parlamento, debió el Estado informar cuánto se proyectaba de resultado positivo, pero, sobre todo, cuánto se perdía y cuántos derechos se afectaban, como debe ser.
El vecindario rivereño, sobre todo los pobladores de San Gregorio emprendieron, dentro de la legalidad y el estado de derecho a través de acciones de defensa de sus derechos, una iniciativa muy especial fue, recoger la voluntad de más de un 40 % de los ciudadanos (habilitados para votar) y a través del Gobierno Departamental (Intendente Departamental) quien hizo llegar al presidente de la República la voluntad consignada por los vecinos “especialmente fundada en la ilegalidad del proyecto” y en los daños e impactos no contemplados y que pretendían soslayar las autoridades de UTE.
Finalmente, el señor presidente de la República dijo NO A LA COTA 81, más allá, de marchas y contramarchas del Gobierno, lo que importa es el resultado, creemos que la voluntad hecha pública, por el propio presidente en el último Congreso de Ministros, de que no se variaría el nivel del Lago, dejando consignado que triunfó la razón, el estado de derecho, la legalidad y el sentido republicano.
No se debe desconocer que el derecho de propiedad es inviolable, y solo puede ser afectado por leyes que se establecieran por razones de interés general (art. 7 Const. Nacional). No se puede desconocer que el ordenamiento de los territorios es materia departamental y local, en su jurisdicción, no debe desconocerse entonces, la democratización y participación de afectación del territorio leyes 18.308 y 19.272. No se puede desconocer, que la Constitución Nacional declara de interés general de la protección del medio ambiente (art 47).
Tenía razón la población de vecinos rivereños, y por tanto saludamos la actitud de la primera figura del gobierno nacional.
Agradecemos por este medio el respaldo y trabajo de los vecinos organizados, al Gobierno Departamental, al Sr. Intendente Departamental por escuchar y diligenciar adecuadamente las iniciativas, a la Junta Departamental, en la figura de su Presidente Felipe Bruno, que consiguieron la voluntad de 2/3 de ediles para respaldar a la población de San Gregorio y rivereños. Muy particularmente, agradecemos a toda la Prensa del Departamento de Tacuarembó por la cooperación, difusión y sensibilización a toda la población por tan trascendente tema.
El tiempo es un gentil hombre y pone las cosas en su lugar.